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Ambiente en riesgo

VIDEO | Mar del Plata enfrenta un llamado de atención judicial por el manejo superficial de la contaminación portuaria

Casación exigió aplicar los principios de prevención y precaución ambiental.
Casación exigió aplicar los principios de prevención y precaución ambiental.

La Cámara Federal de Casación Penal, Sala IV, dejó sin efecto una resolución dictada en Mar del Plata en el marco de la causa por presunta contaminación en el puerto y marcó un giro en el enfoque judicial. En su fallo, sostuvo que los jueces no pueden tratar este tipo de expedientes como delitos comunes y remarcó la obligación de aplicar los principios de prevención y precaución establecidos en la Ley 25.675.

El tribunal cuestionó que se haya validado una “reparación” económica sin respaldo técnico y advirtió que los magistrados deben priorizar el ambiente ante cualquier duda. También señaló que se ignoró el principio de equidad intergeneracional, al no evaluar el impacto del daño sobre las generaciones futuras.

Uno de los puntos centrales fue la crítica al control meramente formal de las obras. Casación indicó que no alcanza con constatar que una planta de tratamiento “existe”, sino que debe comprobarse con peritajes si tiene capacidad real para procesar los residuos generados. En ese sentido, exigió análisis actualizados de parámetros como DQO, DBO, grasas y aceites, comparados con los límites legales vigentes.

Además, el fallo fue contundente respecto a las certificaciones. Señaló que no se puede considerar reparado un daño si las empresas operan con certificados vencidos o en trámite, como el Certificado de Aptitud Ambiental o el permiso de vuelco de la Autoridad del Agua.

La Cámara también puso el foco en la falta de una determinación concreta del daño colectivo. Indicó que el tribunal anterior aceptó montos económicos sin una pericia que establezca el costo real de recomposición ambiental, lo que vuelve arbitraria cualquier compensación.

En paralelo, cuestionó la escasa participación de organismos técnicos y de la querella en el proceso. Ordenó que se realicen audiencias con peritos y que se garantice la posibilidad de interrogar informes clave, además de controlar que cualquier suma de dinero se destine efectivamente a reparar el área afectada.

Otro aspecto determinante fue la continuidad del daño. Casación advirtió que mientras los valores de contaminación sigan por encima de los límites legales, el delito es permanente. En el caso analizado, remarcó que la Demanda Química de Oxígeno superaba hasta 14 veces lo permitido, lo que impide cerrar la causa.

El fallo, vinculado al expediente FMP 23899/2018, obliga a los jueces a abandonar un rol pasivo y asumir una intervención activa en la protección ambiental, con controles técnicos propios y verificación directa en territorio.

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